(1) Intención clara de la futura
legislación, en la que predominará la autodeterminación del
paciente o de los familiares en el proceso clínico, sin fijar límite
alguno.
La redacción de la ley andaluza y de los proyectos legislativos
citados tienen el siguiente desarrollo común:
Parten de definiciones terminológicas muy ambiguas
A continuación, se enumeran unos derechos de los pacientes,
seguidos de los deberes de los profesionales y Centros para hacer
efectivos esos derechos, y finalmente, se exponen las sanciones por
su incumplimiento.
Desde la Exposición de Motivos se establece el sentido de la
inclinación de la balanza al indicar que el objetivo final de l
legislación es consagrar los derechos de autodeterminación
decisoria de las personas.
Ante esto, Profesionales por la Ética desea expresar que una Ley que
parta de este dualismo (autonomía del paciente frente al médico),
está creando un soporte legislativo favorecedor de conflictos, cuyas
consecuencias jurídicas y profesionales pueden causar un gran
perjuicio al propio paciente y a la sociedad.
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